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64 plantas de tratamiento de agua no cuentan con plan de control de calidad
Se pone en riesgo la salud y el bienestar de 15 mil pobladores.
Loreto.- Esta situación pone en riesgo la salud y el bienestar de más de 15 mil pobladores de los distritos de Trompeteros, Nauta, Parinari, Urarinas, Tigre, Andoas y Pastaza, ubicados en las provincias de Loreto y Datem del Marañón, quienes reciben agua tratada del río Marañón a través de un contratista privado que ganó la buena pro en enero de 2023, para el servicio de operación y mantenimiento de las plantas de tratamiento.
Estas plantas utilizan el agua del río para hacerla segura para el consumo humano. No obstante, de acuerdo al Informe de Hito de Control N° 610-2024-OCI/5303-SCC, la falta del plan de control de calidad aprobado por la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) expone al PNSR a una posible sanción económica de hasta S/ 154,500 (30 UIT), al ser considerada una infracción muy grave, según el Reglamento de la Calidad de Agua para Consumo Humano.
La Contraloría General advirtió al Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que 64 plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) que abastecen a 64 comunidades nativas de la región Loreto no cuentan con un plan de control de calidad aprobado y vigente, pese a contar con un presupuesto de S/ 13,238,720.
Este importante documento debe incluir el diagnóstico del sistema de abastecimiento de agua, la línea base de la calidad del agua, la identificación de peligros y eventos peligrosos, la evaluación y clasificación de los riesgos, así como la validación de medidas de control. Además, debe contener un programa de monitoreo operacional, un programa de monitoreo de la calidad del agua para consumo humano y un plan de contingencia o emergencia.
El PNSR señaló que, de acuerdo con el “Acta de Lima entre el Poder Ejecutivo, los presidentes de las federaciones de las comunidades indígenas y representantes del Gobierno Regional de Loreto”, el monitoreo de la calidad del agua está a cargo de Digesa. Sin embargo, para la operación del servicio es necesario un Plan de Control de Calidad de nivel III, el cual es diferente al monitoreo, y su implementación corresponde a los proveedores que abastecen de agua mediante sistemas convencionales en áreas rurales.
Cabe mencionar que las PTAP tienen un carácter provisional, ya que están en funcionamiento hasta que se implementen sistemas de agua potable permanentes en las zonas rurales.
El informe de control emitido por el Órgano de Control Institucional (OCI) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha sido remitido al ministro del sector para que adopte las medidas preventivas y correctivas necesarias dentro de sus competencias.
Fuente: La región
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