Presunto delito
Policía de la comisaría de Pebas detienen a sujeto por el delito de violación sexual
La ley ampara a la menor de edad por el presunto delito contra la libertad sexual - violación sexual cometido.
Loreto.-En agravio a una menor de 13 años de edad, por el caso de comisión del delito de violación sexual, por el sujeto identificado como John William Chota del Águila (45) que consiguieron intervenir y detener en flagrancia delictiva los Efectivos PNP de la comisaría rural de Pebas, al mando del Suboficial Técnico de 1ra. PNP Edson Augusto Arregui Muñoz.
Los policías accionaron cuando venían haciendo labores de patrullaje fluvial preventivo - chalupa de aluminio, asignado a la citada comisaría rural, impulsado con motor F/B - Yamaha de 60 HP, con el apoyo del personal de Serenazgo del distrito de Pebas, estando en el centro poblado de Huanta, bajo Amazonas, fueron alertados de la comisión de un hecho delictivo en flagrancia, de inmediato se constituyeron al Centro Poblado de San José de Cochiquinas, lugar donde se entrevistaron con el teniente gobernador, Denis Tina Flores, quien acompañaba a la menor que habia sido ultrajada y del padre biológico de la misma, quienes indicaron que el pasado 14 de Abril de 2024, haria sucedido el presunto delito contra la libertad sexual - violación sexual, cometido por la persona entes citada.
De forma rápida el personal policial y Serenazgo, en aplicación del Plan Cerco, obtuvieron la detención del presunto autor del hecho, luego con conocimiento del representante del Ministerio Público, abogado, Corman Samir Álvarez, Fiscal Adjunto, de la fiscalía provincial penal de Mariscal Ramón Castilla, el citado sujeto fue llevado a la colocación de la comisaría rural de Pebas, donde se está realizando las investigaciones correspondiente conforme a ley.
Este Artículo del Código Penal, establece lo siguiente:
"Artículo 173°.- Violación sexual de menor de catorce años de edad
El que practica el acto sexual u otro análogo con un menor de catorce años de edad, será reprimido con las siguientes penas privativas de libertad.
1.Si la víctima tiene menos de siete años. la pena será de cadena perpetua.
2.Si la víctima tiene de siete años a menos de diez, la pena será no menor de veinticinco ni mayor de treinta años.
3.Si la víctima tiene de diez años a menos de catorce, la pena será no menor de veinte ni mayor de veinticinco años.
Si el agente tuviere cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse a depositar en él su confianza, la pena será no menor de treinta años para los supuestos previstos en los incisos 2 y 3".
Fuente: Loreto Iquitos Noticias
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